Cuando planificas una estrategia para obtener el mayor beneficio e intentar evitar posibles inconvenientes hay que contemplar diferentes aspectos. Por un lado, es conveniente conocer el marco legal, estudiar con detalle los estatutos de la sociedad sin olvidar el marco tributario que se aplique en estos casos, para asegurarnos que no se quede ningún eslabón suelto.
Tabla de contenidos
- ¿Una empresa se puede vender por partes?
- ¿Cómo vender sólo una parte de la empresa?
- ¿Y si lo que quiero es vender mi parte de la empresa, pero de una S.L.?
- ¿Y si la venta es en una sociedad anónima?
- ¿Qué sucede en el caso de que la venta se realice en una empresa familiar?
- Tributación y venta: conceptos a tener en cuenta
¿Una empresa se puede vender por partes?
Teniendo en cuenta las personas físicas que conforman una empresa, lo primero que hay que observar es qué cantidad de capital pertenece a cada una de ellas para poder tener en cuenta el reparto de derechos y obligaciones. Esto será importante a nivel de sociedad ya que lo que se vende de una empresa son sus acciones o participaciones.
Acciones y participaciones son dos conceptos diferentes, ya que las participaciones sociales no están representadas por títulos de valores y las acciones en cambio sí.
¿Cómo vender sólo una parte de la empresa?
Lo primero que hay que tener en cuenta al vender una parte de una empresa es que el contrato de compraventa puede que no produzca efectos sobre la sociedad si éste vulnerase los estatutos de la empresa.
En el caso de que se realizara una operación que posteriormente fuera invalidada, no exime al vendedor de los posibles perjuicios ocasionados por esta operación.
Es importante que en este tipo de operaciones siempre cuentes con el asesoramiento de expertos en el sector como somos en este caso INVERBAC.
¿Y si lo que quiero es vender mi parte de la empresa, pero de una S.L.?
Si este es tu caso te vamos a indicar los pasos que deberías seguir:
- Estudiar con detalle los estatutos sociales: éstos informarán sobre qué pasos del procedimiento tienen que realizarse para que se puedan vender las participaciones de la parte interesada.
- Venta a un socio ya existente: Si tu venta se la haces a un socio perteneciente al mismo grupo, ya sea familiar u otra sociedad podrías realizarla sin necesidad de convocar una junta de socios y que ésta la aprobase mediante votación.
- Venta a alguien ajeno a la empresa: en este caso es de obligado cumplimiento la notificación al resto de socios pertenecientes a la junta. Existe la posibilidad de que alguno de los socios quiera hacerse con tu parte, de manera que obligatoriamente tendrás que venderle tu parte a esta persona, antes que a cualquier persona ajena a la empresa.
¿Y si la venta es en una sociedad anónima?
En el caso de las sociedades anónimas la venta tendría que ser mediante acciones y no participaciones. Las acciones puedes ser al portador o nominativas. Cuando las acciones se ponen a la venta se pueden recibir propuestas de compra por parte de otro socio, en cuyo caso habría que tener en cuenta si existe o no derecho de arrastre. Éste podría obligarte a vender tus acciones. En estos casos lo mejor es dejarte asesorar por especialistas como nosotros; en Inverbac te informaremos de todos los parámetros a considerar ante una compra/venta.
¿Qué sucede en el caso de que la venta se realice en una empresa familiar?
En el caso de las empresas familiares la estructura suele ser la de una sociedad limitada de manera que se requiere del permiso del grupo total de socios para proceder a su venta.
En muchos casos, los propios socios y familiares, si se realiza una venta a personas ajenas a la familia pueden revocar la autorización para poder vender.
Tributación y venta: conceptos a tener en cuenta
Cada vez que se realiza una compra o venta de participaciones hay que valorar que ésta está exenta de pagos tanto del IVA (impuesto sobre el valor añadido) como del ITP (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales).
Únicamente hay que tener en cuenta que toda persona física que realice la venta de sus participaciones, deberá tributar en función del beneficio que haya obtenido a través de la misma, con diferentes porcentajes que os indicamos a continuación:
-Hasta 6.000€ es el 19%.
-Desde 6.000€ hasta 50.000€ es el 21%.
-A partir de 50.000€ es el 23%.
Si te interesa saber cuáles son las fases del proceso para vender una empresa puedes leer el artículo que hemos escrito respecto a este tema.
Sea cual sea el proceso de compra-venta, en INVERBAC te asesoraremos. Esperamos que te haya sido de interés y te invitamos a leer los demás artículos de nuestro blog.